Tratados Bilaterales de Inversión con varios países
Argentina ha firmado tratados bilaterales de inversión con varios países, como por ejemplo:
Alemania, Austria, Armenia, Australia, Bolivia, Bulgaria,
Canadá, Corea del Sur, Croacia, Cuba,Chile,
China, Dinamarca, Ecuador, Egipto, España, EE.UU.,
Finlandia, Francia, Holanda, Hungría, Indonesia,
Israel, Italia, Jamaica, Luxemburgo, Malasia,
Marruecos, Perú, Polonia, Portugal, Rumania,
Reino Unido, Senegal, Suecia, Suiza, Túnez, Turquía, Ucrania, Vietnam y Venezuela,
con el fin de proteger las inversiones
y evitar la doble imposición.
Miembro de ICSID, MIGA y OPIC
Argentina es miembro, entre otros, de la Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA),
Organización de Inversiones Privadas en Ultramar (OPIC)
y del Centro Internacional de Arreglo de Diferendos
sobre Inversiones (CIADI).
REGULACIONES MIGRATORIAS
Las regulaciones locales sobre inmigración establecen tres tipos de residencia: permanente, temporaria y transitoria. Para instalar un negocio en Argentina es necesario
tener la residencia permanente o temporaria.
No hay restricciones con respecto a la nacionalidad de los directores
de las compañías pero deben
tener un domicilio legal en la Argentina.
Los inversores extranjeros que deseen obtener la residencia permanente deben probar que han realizado una inversión por $ 100.000 o un depósito por la misma suma (US$ 35.714).
Para contratar trabajadores extranjeros,
el contrato de trabajo debe estar de acuerdo con la legislación laboral vigente en Argentina.
ESTRUCTURA LEGAL DE LAS COMPAÑIAS
Los tipos societarios más utilizados por los inversores
extranjeros en Argentina
son las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada
y las sucursales de empresas extranjeras.
También el uso de joint ventures y contratos de franquicia
se ha vuelto cada vez más frecuente en los últimos años.
En todos los casos es obligatorio para las compañías extranjeras que operan en Argentina,
nombrar individuos legalmente responsables y mantener registros contables
separados para sus operaciones en el país.
Sociedades Anónimas
Las sociedades deben tener como mínimo dos accionistas
y las acciones pueden estar en manos de tenedores privados o bien pueden ser ofrecidas públicamente.
Este es el único tipo societario en el que se pueden ofrecer acciones al público.
La responsabilidad de los accionistas se limita al capital aportado.
El directorio es responsable de la administración de la sociedad.
Los directores son elegidos en la asamblea anual de accionistas.
Los directores son personalmente responsables de sus actos.
Todas las sociedades son objeto de supervisión y control por parte de entidades gubernamentales:
· Las sociedades que cotizan en bolsa por la Comisión Nacional de Valores,
equivalente a la "Securities Exchange Comission" (SEC) de los Estados Unidos.
· Los bancos son supervisados por el Banco Central de la República Argentina.
· Las sociedades privadas por la Inspección General de Justicia.
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Tienen muchas de las características de las sociedades anónimas excepto por:
· No puede cotizar en Bolsa.
· La cantidad de socios no puede exceder los 50.
· Una Sociedad Anónima no puede ser socia.
· El cambio de los socios implica modificar el respectivo contrato de sociedad.
· Los procesos para formarla son más simples y los estatutos son más flexibles.
Sucursales de Corporaciones Extranjeras
A fin de poder operar legalmente como sucursal es necesario probar
la existencia de la casa matriz en el exterior, inscribir el estatuto,
acta constitutiva o contrato social de dicha casa matriz
en el Registro Público de Comercio,
designar representantes e inscribirlos de la misma manera.
Las sucursales están sujetas al control permanente por parte del organismo de control societario
y deben cumplir en todos lo aspectos pertinentes con los mismos requisitos
exigidos para las sociedades anónimas sujetas a dicho control.
Las sucursales deben llevar cuentas separadas de la casa matriz y presentar estados contables
ante el organismo de control societario.
Joint Ventures
Existen diferentes tipos de joint ventures entre los cuales los más usuales
son las agrupaciones de colaboración y las uniones transitorias de empresas (UTE).
· Agrupaciones de Colaboración: El objeto de estas agrupaciones
consiste en prestarse mutua ayuda en el desarrollo de ciertas fases de su negocio,
mejorar o aumentar los resultados del mismo.
· Uniones Transitorias de Empresas (U.T.E.): Las UTE son joint ventures creados
para cumplir con un objetivo específico y su duración es limitada.
Ambos tipos de joint ventures tienen las siguientes características:
· No son personas jurídicas separadas, por lo tanto sus miembros
son ilimitadamente responsables por las obligaciones de la empresa
y deben operar por sí mismos.
· Los participantes pueden ser empresarios residentes en el país,
entidades constituidas localmente o compañías no residentes que hayan establecido
una sucursal u otro tipo de presencia en Argentina.
· Los acuerdos deben registrarse en el Registro Público de Comercio y deben incluir objetivos,
tiempo de duración, nombre y demás información relativa a las responsabilidades de sus socios,
contribuciones financieras y otras implicaciones legales.
Franquicias
El Código de Comercio reconoce y protege los contratos de franquicia.
LEGISLACION IMPOSITIVA
En la Argentina, los impuestos son cobrados por el Gobierno Nacional,
las provincias y las autoridades municipales.
Impuestos Nacionales
Impuesto a las Ganancias
a) Empresas
Todas las ganancias, incluyendo las de capital son gravadas por este impuesto.
Las empresas residentes en Argentina tributan sobre su renta mundial, pudiendo computar como pago a cuenta de este impuesto las sumas efectivamente abonadas por gravámenes análogos sobre sus actividades en el extranjero hasta el límite del incremento de la obligación fiscal originado por la incorporación de la ganancia obtenida en el exterior. La tasa aplicable al ingreso imponible es de 35%.
Una empresa no residente sin una sucursal u otro establecimiento permanente en la Argentina es sujeto impositivo solo sobre ingresos y ganancias de capital que tengan fuente en Argentina. El impuesto se aplica como una retención practicada por el agente pagador en Argentina a distintas tasas efectivas dependiendo del tipo de ingreso. Estas tasas resultan de aplicar el 35% a la ganancia presunta establecida en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
b) Individuos
Los individuos residentes en la Argentina están sujetos al impuesto a las ganancias a tasas progresivas sobre su ingreso mundial. Las tasas varían entre el 9% y el 35% dependiendo del nivel de ingreso.
Los individuos no residentes tributan solo sobre sus ingresos de fuente argentina. El impuesto se aplica como una retención practicada por el agente pagador en Argentina a distintas tasas efectivas dependiendo del tipo de ingreso.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El IVA es un impuesto que se aplica al precio de venta de bienes y servicios en cada etapa de la comercialización, pudiéndose tomar como pago a cuenta los montos erogados por el pago de este impuesto en las anteriores etapas.
Las importaciones son también gravadas por este impuesto con las mismas tasas que se aplican a los productos o servicios locales.
Las exportaciones no están gravadas. Los exportadores pueden reclamar el reembolso del IVA pagado por sus compras.
La tasa general del IVA es del 21%, mientras que la alícuota de IVA diferencial (50% menor a ésta) se establece en 10,5%. De esta última, se benefician distintos bienes y servicios: la venta de bienes de capital, el transporte (excepto los viajes internacionales), la venta de diarios, revistas, folletos y publicaciones periódicas, los programas de medicina prepaga y los intereses sobre préstamos extranjeros y sobre préstamos de bancos locales.
La prestación de ciertos servicios, tales como la provisión de energía eléctrica, gas natural y agua, fuera de domicilios destinados a vivienda, está sujeta a una tasa mayor a la general.
Derechos de Importación
Los niveles de los derechos de importación se encuentran actualmente entre 0% y 35%, excepto en determinados casos en los que se aplican derechos específicos mínimos o que se refieren a mercaderías con tratamientos tributarios específicos. En general la mercadería proveniente de países miembros de ALADI está sujeta a preferencias porcentuales. En referencia al Mercosur los derechos de importación para el comercio intrazona han sido prácticamente eliminados. Simultáneamente una tarifa externa común se ha establecido para las mercaderías provenientes y originarias de extrazona.
Existe un plazo mínimo para la salida de divisas al exterior de acuerdo al producto importado.
Otros impuestos que los importadores deben pagar son: Tasa de Estadística (0.5% sobre el valor CIF y hasta un tope de US$ 1.750) y en algunos casos Tasa de Comprobación de Destino (2% sobre el valor CIF). Las importaciones estarán sujetas asimismo al pago de IVA (21% o 10.5% en algunos casos especiales), y percepciones de IVA (usualmente 10%) y de Impuesto al las Ganancias (usualmente 3% en la mayoría de los casos).
Derechos de Exportación
Los niveles de los derechos de exportación son actualmente del 5% o 20%. Las exportaciones de productos con algún proceso industrial (siguiendo el criterio estadístico de MOA -Manufactura de Origen Agropecuario- y MOI Manufactura de Origen Industrial-) deben abonar el 5%; mientras que los Productos Primarios -aquellos sin industrialización- abonan el 20%.
Existe un plazo mínimo para el ingreso de divisas del exterior de acuerdo al producto exportado.
Otros Impuestos
Impuestos a los Débitos y Créditos en Cuentas Corrientes
Este impuesto alcanza todos los créditos y débitos efectuados en cuentas corrientes abiertas en entidades financieras. La alícuota general es del 4 por mil y parte de él podrá imputarse al pago de Ganancias e IVA.
Impuesto a los Activos (Impuesto a la Renta Mínima Presunta)
Una tasa de 1% grava los activos mundiales de las empresas argentinas. El pago de este impuesto y el del impuesto a las ganancias puede compensarse mutuamente. El plazo para tomar el pago del impuesto a la renta presunta a cuenta de Ganancias ha sido extendido de 4 a 10 años.
Impuesto sobre los Intereses Pagados
Este impuesto grava los intereses de los pasivos y los costos financieros de las compañías que son deducibles del impuesto a las ganancias, originados en: préstamos obtenidos de entidades bancarias, en emisiones de Obligaciones Negociables (en ambos casos con tasas que van disminuyendo en el tiempo hasta llegar al 2%) y en préstamos dados por individuos, domiciliados o residentes en la Argentina (con una tasa que disminuye hasta llegar al 5%). Los bancos están exentos.
Impuestos Internos
Este impuesto grava algunos bienes de consumo y servicios específicos con diferentes tasas. Es pagado por el primer consumidor o por el importador. Los principales productos son tabaco, alcohol, naftas y lubricantes, vino, oro, pieles, seguros patrimoniales, etc.
Impuesto sobre los Bienes Personales
Las personas físicas residentes en el país están obligadas a pagar anualmente por este impuesto una suma equivalente al 0,5 % de sus bienes personales (ubicados en el país y en el exterior) cuyo valor se ubique entre los $ 358.050 -US$ 127.875- y $ 700.000 -US$ 250.000-. Por encima de esta suma la tasa de este impuesto asciende al 0,75%. Queda desgravada del Impuesto a los bienes personales la tenencia de acciones de empresas radicadas en Argentina y que se mantengan en cartera un año.
Los sujetos no residentes tributan sobre sus bienes ubicados en el país.
Impuesto a la Transferencia de Inmuebles
La transferencia de dominio de inmuebles ubicados en la Argentina que sean propiedad de personas físicas o sucesiones indivisas, están gravadas con una tasa del 1,5%, siempre que dicha operación no este alcanzada por el impuesto a las ganancias.
El impuesto ha sido derogado a partir del 01/07/2002.
Impuestos Provinciales y Municipales
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Este impuesto grava cada transacción comercial, sin ningún crédito fiscal
por los impuestos pagados en las etapas anteriores. Las tasas varían según actividades y provincias, entre el 1,5% y el 4%. (Las actividades primarias e industriales, en general, gozan de exenciones).
Impuesto a los Sellos
Se aplica sobre transacciones que se formalicen en instrumentos públicos y privados. La tasa más común es el 1%. Algunas jurisdicciones han derogado este impuesto para ciertas transacciones.
Impuesto Inmobiliario
Las provincias y municipalidades gravan con este impuesto los bienes inmuebles ubicados en sus respectivas jurisdicciones. Este impuesto es diferente en cada jurisdicción.
Tasas municipales por servicios
Por la prestación de servicios de seguridad industrial, higiene y similares, los fiscos municipales perciben las tasas que pueden establecer en función de los ingresos o bien de otros parámetros fijos como número de personal, capacidad de fuerza motriz, etc.
LEGISLACION LABORAL
Duración del Contrato de Trabajo
Las exigencias básicas para la incorporación de personal en una empresa debe considerar
la legislación laboral vigente en la Argentina.
Leyes 20.744; 24.013; 24.467; 24.557; 24.576; 24.70; 25.013 y los convenios colectivos de trabajo.
Sueldo Anual Complementario (aguinaldo)
Los obreros y empleados en relación de dependencia cobran por ley un sueldo extra como bonus ("aguinaldo"), que se pagan en dos cuotas semianuales, en junio y diciembre, cada una igual al 50% del salario de ese mes. Cada cuota es igual al 50% de la mejor remuneración mensual del semestre.
Jornada Laboral
La jornada laboral máxima es de 8 horas por día o 48 horas por semana. Las horas excedentes se abonan con el 100% de recargo del salario normal si son trabajadas los sábados después de las 13 horas, domingos o feriados, y con el 50% en los restantes dÍas.
Indemnización por Despido
La indemnización por despido equivale a un doceavo del salario básico mensual más alto recibido por el empleado durante el último año o durante el tiempo trabajado si fuese menor, por cada mes de trabajo o fracción mayor a 10 días. La remuneración más alta tomada como base no puede ser mayor a tres veces el promedio mensual de todas las remuneraciones consideradas en el convenio colectivo aplicable al trabajador en cuestión. La indemnización mínima no puede ser menor que dos doceavos de la más alta remuneración básica mensual recibida por el empleado durante el último año de servicio.
El trabajador tiene derecho a recibir un preaviso de 15 días antes del despido si su antigüedad es de entre 15 días y 3 meses, un mes si es de entre 3 y 5 años y dos meses si trabajó más de 5 años.
Vacaciones
El período de vacaciones mínimo es de 14 días calendario y el máximo de 35.
Contribuciones al Sistema de Seguridad Social.
Empleadores y empleados contribuyen al sistema de seguridad social sobre los salarios hasta un máximo de $ 16.800 -US$ 6.000- mensuales. El aporte de los trabajadores asciende al 17% del salario bruto y la contribución de los empleadores a una cuota uniforme del 16%.
Existen convenios de competitividad celebrados entre el Estado y ciertos sectores de la producción en virtud de los cuales, entre otros beneficios, se permite computar lo abonado en concepto de contribuciones con destino al sistema de seguridad social, como crédito fiscal a los fines del pago del IVA.
Nota 1: Los montos citados se encuentran en Pesos ($)
y en su equivalente en Dólares al tipo de cambio actual US$ 1 = $ 2,80.
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